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21/04/2006

Los tres primeros números de VEGAP HABLA han dado mucho que HABLAR de VEGAP.

Desde que iniciamos esta nueva etapa, nos habéis enviado correos electrónicos de muy diferente naturaleza. Por un lado, vuestras felicitaciones que os agradecemos mucho y, por otro, vuestros correos con información de vuestro trabajo que nos han servido a todos para ampliar nuestro conocimiento. La mayoría de las cuestiones que nos habéis planteado en vuestros e-mails son preguntas acerca de VEGAP, de la naturaleza de nuestra organización y del trabajo de gestión de los derechos de los artistas. Estas cuestiones son frecuentemente atendidas por nuestra organización. Se trata de preguntas muy generales que a veces nacen de la desinformación y su falta de respuesta genera en ocasiones equívocos que merecen ser resueltos.

En VEGAP queremos hablar directamente con nuestros interlocutores y por ello hemos pensado dar respuesta a las 10 preguntas más frecuentes. Las hemos organizado para darles una respuesta en profundidad agrupadas de dos en dos para que sean publicadas en los próximos cinco números de VEGAP HABLA.

Además os enviamos las bases de la X Convocatoria de Ayuda a la Creación Visual - Propuestas - que este año otorga 130.000 euros en ayudas directas a creadores visuales.

Las 10 preguntas más frecuentes

Las preguntas que abordaremos la próxima semana son: Qué es VEGAP ¿un organismo público o una empresa? y ¿Los socios tienen que pagar una cuota mensual?.

En el siguiente número contestaremos a estas preguntas: ¿Cómo hace VEGAP sus tarifas? y ¿Es que hay que pagar por todo?.

La semana siguiente responderemos a: ¿VEGAP trata por igual a todas las instituciones que usan las obras de los artistas que representa? y ¿Deciden los autores sobre la gestión que VEGAP hace de sus derechos?.

En el siguiente número se contestarán las preguntas: ¿A dónde va el dinero que recauda VEGAP? y ¿Quién controla la gestión de VEGAP?.

Y por ultimo, contestaremos a: Cuándo una obra se realiza por encargo de una institución, ¿interviene VEGAP? y ¿Los socios pueden excluir alguna obra de la gestión de VEGAP?.

Estamos seguros de que todas las cuestiones que vamos a tratar os van a interesar mucho y nos gustaría que, si tenéis más cuestiones que deseáis abordar, nos lo digáis enviándonos un correo a vegaphabla@vegap.es en donde también esperamos vuestros comentarios.

Portada Propuestas

Uno de los fines de la Fundación Arte y Derecho es apoyar la creación visual en todas sus prácticas y manifestaciones. La Fundación Arte y Derecho convoca "PROPUESTAS" para adjudicar ayudas directas a los creadores visuales con cargo al Fondo Asistencial y Cultural de VEGAP.

Primero: Objeto de la convocatoria

El propósito de nuestras ayudas es financiar los proyectos creativos de aquellos autores que se expresan a través de la creación visual (dibujo, pintura, escultura, fotografía, ilustración, humor gráfico, video arte, arte electrónico, instalaciones, performance, etc).

La convocatoria tiene por objeto fomentar la actividad creadora y apoyar económicamente al autor o autora de la creación visual para desarrollar su trabajo, al hilo de su proceso de investigación o para dar la oportunidad de crear una nueva obra.

Podrán participar en esta convocatoria aquellos creadores o creadoras visuales residentes en España.

Segundo: Presentación y plazo de entrega de las solicitudes

El plazo de presentación y entrega de las solicitudes se abrirá el 31 de marzo y finalizará el 3 de julio de 2006 y podrán ser presentadas o enviadas por correo certificado, a la sede de la Fundación Arte y Derecho C/ Gran Vía, 16. 1º, 28013 Madrid. En este último caso, la fecha válida a efectos de presentación de las solicitudes será la que conste en el matasellos.

La documentación a enviar es la siguiente:

- Cumplimentar el formulario de inscripción que está publicado en www.arteyderecho.org.

- Fotocopia del DNI o de la tarjeta o permiso de residencia.

- Currículum vitae.

- Una memoria descriptiva de la obra o proyecto creativo que se quiere realizar.

- Un dossier gráfico con un mínimo de 10 imágenes de obra reciente, bocetos o trabajos personales realizados (fotografías de sus obras, CD-ROM con copia en papel, DVD reproducible en PC compatible, vídeo VHS o cualquier otro material que se estime oportuno).

- El presupuesto total de la actividad o proyecto, especificando todas las partidas necesarias para su ejecución e indicando el importe de la ayuda económica que se solicita.

Tercera: Dotación

Este año la dotación total de la convocatoria asciende a 130.000 € que se destinarán de forma íntegra a la financiación de nuevas obras creativas realizadas por los artistas. El pago del premio estará sujeto a la normativa fiscal vigente.La dotación de la convocatoria proviene del Fondo Asistencial y Cultural de VEGAP, el cuál se nutre, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley de Propiedad Intelectual, del 20 % de la recaudación que VEGAP percibe por la gestión del derecho de copia privada.

La convocatoria se dividirá, según la cuantía económica solicitada a la Fundación Arte y Derecho para el proyecto u obra de creación a realizar, en tres categorías económicas:

1. Hasta 6.000 €.

2. De 6.001 hasta 18.000 €.

3. De 18.001 € hasta 50.000 €.

La aplicación de las ayudas económicas que se otorgarán en cada tramo se realizará valorando el número de proyectos que se presenten a cada uno de ellos.

Cuarto: Resolución

La resolución de concesión o denegación de las ayudas será decidida por un Jurado formado únicamente por artistas de reconocido prestigio que determinará la cuantía aprobada, en cada caso, para financiar los proyectos seleccionados. El Jurado en esta convocatoria está formado por Joan Fontcuberta, Alicia Martín, Mateo Maté y Roc Parés. La decisión del Jurado será inapelable. La Fundación Arte y Derecho comunicará la resolución del Jurado a todos los participantes.

Las propuestas que no resulten aprobadas podrán ser retiradas por sus titulares en la sede de la Fundación a partir del 1 de noviembre y hasta el 20 de diciembre, siendo este plazo improrrogable. Así mismo, se devolverán por correo únicamente aquellos proyectos en cuya solicitud se incluya un sobre con la dirección y el importe de franqueo correspondiente o solicitando que se devuelva por mensajería o contra reembolso.

Quinto: Memoria Justificativa y seguimiento

Los beneficiarios de las ayudas deberán presentar una memoria o informe de ejecución del proyecto premiado antes del 1 de marzo de 2007. La memoria se acompañará de una fotocopia de todos los justificantes de los gastos realizados con cargo a la ayuda percibida y deberá contener una descripción del proyecto realizado (Título, actividad realizada, fecha y lugar de ejecución, descripción, comisario del proyecto en su caso, objetivos, seguimiento, valoración crítica).

La documentación y publicitación derivada de la ejecución del proyecto, en exhibiciones públicas o en cualquier publicación, deberá reflejar los logotipos de la Fundación Arte y Derecho y VEGAP, junto con la expresión: "Con la Colaboración de VEGAP y la Fundación Arte y Derecho".

Todo ello se documentará mediante la suscripción de un Convenio entre el autor y la Fundación Arte y Derecho.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de estas Bases.


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