
Comenzamos el primer VEGAP HABLA dedicado a responder las 10
preguntas más frecuentes con dos asuntos muy cuestionados: La
naturaleza de la organización y cómo se mantiene económicamente la
entidad.
Qué es VEGAP ¿un organismo público o una empresa?
VEGAP no es ni un organismo público, ni es una empresa.
VEGAP es una entidad privada sin ánimo de lucro, propiedad de
sus socios, que responde a un interés público y está regulada por
la Ley de Propiedad Intelectual.
VEGAP es una entidad privada sin ánimo de lucro...
En 1990 un numeroso grupo de artistas representados bajo la ya
desaparecida "Confederación de Artistas Plásticos", solicitaron al
Ministerio de Cultura su apoyo para la puesta en marcha de una
entidad. Esta solicitud estaba plenamente justificada pues el
sector no contaba en su seno con ningún grupo empresarial que
apoyase esta iniciativa.
Para poder iniciar esta gestión, los propios autores debían
organizarse en entidades legalmente constituidas y solicitar dicha
autorización al Ministerio de Cultura. Por ello, se constituyó la
Asociación sin ánimo de lucro, denominada "Visual Asociación de
Artistas Plásticos", que se fundó el 17 de Mayo de 1.990.
El Ministerio de Cultura fue sensible a la reivindicación de los
artistas plásticos, pues entendió que la ausencia de una entidad de
gestión colectiva para este sector impedía la aplicación práctica
de la Ley o, al menos, la dificultaba enormemente.
Así, el 5 de junio de 1990, se publicó la Orden Ministerial que
autorizaba a los propios artistas plásticos para operar como
entidad de gestión, ejerciendo los derechos que les fueran
confiados, siempre por cuenta y en interés de sus asociados.
VEGAP es propiedad de sus socios...
VEGAP, al ser una entidad de gestión colectiva de derechos, es
propiedad de todos aquellos creadores visuales que deseen
incorporarse a ella.
Su órgano soberano es la Asamblea General, que reúne anualmente
a todos los socios para deliberar y tomar acuerdos en su condición
de órgano supremo de expresión de la voluntad de sus
miembros.
Además, la Asamblea General elige a los miembros del Consejo de
Administración que está compuesto por 20 socios de la entidad para
que ejerza la funciones de gobierno, gestión y representación de la
organización.
El Consejo de administración, con sujeción siempre a lo
establecido en la Asamblea General, fija las directrices generales
de actuación de la entidad, que transmite al equipo a través de la
Dirección General.
VEGAP responde a un interés público...
VEGAP no es una institución de derecho público, sino una
institución de derecho privado, que ha sido creada por los propios
artistas para responder a un interés público.
La organización cumple una función social de interés general
para sus socios y para la sociedad.
Los autores, por sí mismos, de forma individual, no pueden
desarrollar eficazmente un control de las utilizaciones que se
desarrollan de sus obras.
Por una parte, porque para un autor resulta imposible conocer y
controlar todos los aprovechamientos que se realizan de sus obras.
Además actualmente las nuevas tecnologías permiten que se utilicen
las creaciones visuales masiva e indiscriminadamente y en una gran
cantidad de soportes de muy diferente naturaleza.Por otra parte, la
determinación y la recaudación de las remuneraciones que
corresponden y la realización de los contratos subsiguientes,
genera tantas situaciones, muchas de ellas de tanta complejidad,
que necesitan que todo ello se desarrolle mediante una empresa de
servicios especializados.
VEGAP es una empresa de servicios especializados, con unas
características muy especiales por su carácter de entidad sin ánimo
de lucro, su carácter de central negociadora y su actividad dentro
del mercado secundario de los aprovechamientos.
La organización se encarga, a través de un equipo muy
especializado de abogados y economistas, de conceder las licencias
de uso a aquellos usuarios que lo soliciten; recaudar las
remuneraciones que correspondan; inspeccionar los usos no
autorizados y reclamar judicial y extrajudicialmente las cantidades
debidas a los autores.
VEGAP está regulada por la Ley de Propiedad Intelectual...
La actividad de VEGAP está regulada por la Ley de Propiedad
Intelectual que dice lo que puede y no puede como entidad de
gestión colectiva.
Esta regulación es lógica y necesaria.
Lógica, porque la Ley considera a las entidades de gestión
colectiva como uno de los instrumentos que tiene los autores para
proteger sus derechos, junto con las acciones judiciales, el
registro de la Propiedad Intelectual o las indicaciones de reserva
de derechos. Es lógico, ya que si se regulan los instrumentos de
protección también han de regularse las entidades de gestión como
uno de esos instrumentos.
Pero esta regulación también es necesaria porque, tal y como
decía la Ley de 1987, "Es un hecho reconocido por la Instituciones
de la Comunidad Europea que los titulares de derechos de Propiedad
Intelectual únicamente pueden lograr su real efectividad actuando
colectivamente a través de organizaciones que ejerzan facultades de
mediación o gestión de los derechos mencionados".
Por todo ello, la Ley establece determinados derechos y
obligaciones para las entidades que pretendan dedicarse a la
gestión colectiva de derechos de Propiedad Intelectual.
Pero, no por estar regulada legalmente VEGAP es una entidad
pública. Bien al contrario, VEGAP es una organización privada y
totalmente independiente del Estado. Tan independiente como son los
autores, que son sus socios y sus propietarios.
La Ley española no exige que haya una sola entidad de gestión
colectiva, ni tan siquiera que haya una sola entidad por cada rama
autoral.
Si nos preguntamos si es mejor una sola entidad de gestión
colectiva o varias que gestionen en España el derecho de autor de
los creadores visuales, En nuestra opinión, no cabe ninguna duda:
Para poder implantar en nuestro país de manera efectiva los
derechos de autor de los creadores visuales, es necesaria la unidad
de todos ellos. Los convenios generales y los contratos, se
defienden mejor cuando es posible ofertar el mejor repertorio de
autores y obras, no solamente el de mayor uso, sino, también, el
más numeroso posible.
Los socios ¿tienen que pagar una cuota mensual?
Los socios de VEGAP no tienen que pagar ninguna cuota
mensual.
La organización mantiene su estructura operativa basándose
únicamente en el descuento que practica a sus socios y que ellos
mismos aprueban anualmente en la Asamblea General. Este porcentaje
se detrae de la cantidad total recaudada a lo largo de un
ejercicio, antes de iniciar el reparto entre los socios.
Puede hacerse socio de VEGAP cualquier creador visual, español o
residente en España o en cualquier Estado de la Unión Europea o ser
nacional de un país latinoamericano, así como sus herederos. Para
ello, sólo hay que solicitarlo en cualquiera de las oficinas de
VEGAP y suscribir el contrato de adhesión a la entidad.
En virtud del contrato de adhesión, el titular de derechos
confiere a la sociedad la gestión de sus derechos. Tras la
formalización del contrato, el socio ha de satisfacer una única
cuota de 60 euros. Desde este momento, el autor entra a formar
parte de la organización no teniendo que liquidar, de forma
directa, ninguna otra cantidad a la entidad.
A través de VEGAP, los artistas visuales autogestionan la
explotación de sus obras para usos derivados en forma
colectiva.
La gestión en forma colectiva de los derechos de autor, no sólo
es beneficiosa para el autor, sino para toda la sociedad.
Por un lado, aquellos que utilizan las obras de los artistas
optimizan su gestión contando con unas tarifas oficiales y
conociendo el estado de los derechos de autor de un gran colectivo.
Al mismo tiempo, cuentan con la seguridad jurídica de que la
explotación se está realizando con el consentimiento de los
titulares de los derechos, lo que evita a priori posibles lesiones
al derecho moral. Además, los diferentes sectores de usuarios que
habitualmente reproducen obras, suscriben convenios de colaboración
con VEGAP, lo que facilita el desarrollo de sus proyectos.
Por otro lado, los autores se alejan de su posición de debilidad
frente a un usuario en una negociación ya que es la entidad, quien
negocia en nombre del autor en igualdad de condiciones. En
consecuencia, la debilidad del autor frente a las empresas e
instituciones que utilizan sus obras desaparece cuando VEGAP, como
organización creada por todos los artistas, exige el cumplimiento
de la Ley.
Además, los socios gozan de una protección de carácter
internacional mediante los convenios que VEGAP tiene suscritos con
36 sociedades de autor de la creación visual de todo el mundo. De
esta forma, la organización no sólo representa y defiende a sus
miembros en España, sino también en otros países fuera de nuestras
fronteras. Actualmente VEGAP gestiona en España los derechos de más
de 43.000 creadores visuales de todo el mundo, cifra que crece
diariamente por la constante adhesión de nuevos socios.
La gestión colectiva permite también promover servicios de
carácter asistencial y desarrollar actividades de promoción de las
obras de creación visual. VEGAP desarrolla esta labor a través de
la Fundación Arte y Derecho (www.arteyderecho.org), desde el año
1997, que este año destina 130.000 euros en ayudas directas a los
creadores visuales (X convocatoria de ayuda a la creación
visual).
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