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05/05/2006

Comenzamos el primer VEGAP HABLA dedicado a responder las 10 preguntas más frecuentes con dos asuntos muy cuestionados: La naturaleza de la organización y cómo se mantiene económicamente la entidad.

Qué es VEGAP ¿un organismo público o una empresa?

VEGAP no es ni un organismo público, ni es una empresa.

VEGAP es una entidad privada sin ánimo de lucro, propiedad de sus socios, que responde a un interés público y está regulada por la Ley de Propiedad Intelectual.

VEGAP es una entidad privada sin ánimo de lucro...

En 1990 un numeroso grupo de artistas representados bajo la ya desaparecida "Confederación de Artistas Plásticos", solicitaron al Ministerio de Cultura su apoyo para la puesta en marcha de una entidad. Esta solicitud estaba plenamente justificada pues el sector no contaba en su seno con ningún grupo empresarial que apoyase esta iniciativa. 

Para poder iniciar esta gestión, los propios autores debían organizarse en entidades legalmente constituidas y solicitar dicha autorización al Ministerio de Cultura. Por ello, se constituyó la Asociación sin ánimo de lucro, denominada "Visual Asociación de Artistas Plásticos", que se fundó el 17 de Mayo de 1.990.

El Ministerio de Cultura fue sensible a la reivindicación de los artistas plásticos, pues entendió que la ausencia de una entidad de gestión colectiva para este sector impedía la aplicación práctica de la Ley o, al menos, la dificultaba enormemente.

Así, el 5 de junio de 1990, se publicó la Orden Ministerial que autorizaba a los propios artistas plásticos para operar como entidad de gestión, ejerciendo los derechos que les fueran confiados, siempre por cuenta y en interés de sus asociados.

VEGAP es propiedad de sus socios...

VEGAP, al ser una entidad de gestión colectiva de derechos, es propiedad de todos aquellos creadores visuales que deseen incorporarse a ella.

Su órgano soberano es la Asamblea General, que reúne anualmente a todos los socios para deliberar y tomar acuerdos en su condición de órgano supremo de expresión de la voluntad de sus miembros. 

Además, la Asamblea General elige a los miembros del Consejo de Administración que está compuesto por 20 socios de la entidad para que ejerza la funciones de gobierno, gestión y representación de la organización. 

El Consejo de administración, con sujeción siempre a lo establecido en la Asamblea General, fija las directrices generales de actuación de la entidad, que transmite al equipo a través de la Dirección General. 

VEGAP responde a un interés público...

VEGAP no es una institución de derecho público, sino una institución de derecho privado, que ha sido creada por los propios artistas para responder a un interés público.

La organización cumple una función social de interés general para sus socios y para la sociedad.

Los autores, por sí mismos, de forma individual, no pueden desarrollar eficazmente un control de las utilizaciones que se desarrollan de sus obras. 

Por una parte, porque para un autor resulta imposible conocer y controlar todos los aprovechamientos que se realizan de sus obras. Además actualmente las nuevas tecnologías permiten que se utilicen las creaciones visuales masiva e indiscriminadamente y en una gran cantidad de soportes de muy diferente naturaleza.Por otra parte, la determinación y la recaudación de las remuneraciones que corresponden y la realización de los contratos subsiguientes, genera tantas situaciones, muchas de ellas de tanta complejidad, que necesitan que todo ello se desarrolle mediante una empresa de servicios especializados.

VEGAP es una empresa de servicios especializados, con unas características muy especiales por su carácter de entidad sin ánimo de lucro, su carácter de central negociadora y su actividad dentro del mercado secundario de los aprovechamientos. 

La organización se encarga, a través de un equipo muy especializado de abogados y economistas, de conceder las licencias de uso a aquellos usuarios que lo soliciten; recaudar las remuneraciones que correspondan; inspeccionar los usos no autorizados y reclamar judicial y extrajudicialmente las cantidades debidas a los autores.

VEGAP está regulada por la Ley de Propiedad Intelectual...

La actividad de VEGAP está regulada por la Ley de Propiedad Intelectual que dice lo que puede y no puede como entidad de gestión colectiva. 

Esta regulación es lógica y necesaria. 

Lógica, porque la Ley considera a las entidades de gestión colectiva como uno de los instrumentos que tiene los autores para proteger sus derechos, junto con las acciones judiciales, el registro de la Propiedad Intelectual o las indicaciones de reserva de derechos. Es lógico, ya que si se regulan los instrumentos de protección también han de regularse las entidades de gestión como uno de esos instrumentos.

Pero esta regulación también es necesaria porque, tal y como decía la Ley de 1987, "Es un hecho reconocido por la Instituciones de la Comunidad Europea que los titulares de derechos de Propiedad Intelectual únicamente pueden lograr su real efectividad actuando colectivamente a través de organizaciones que ejerzan facultades de mediación o gestión de los derechos mencionados". 

Por todo ello, la Ley establece determinados derechos y obligaciones para las entidades que pretendan dedicarse a la gestión colectiva de derechos de Propiedad Intelectual. 

Pero, no por estar regulada legalmente VEGAP es una entidad pública. Bien al contrario, VEGAP es una organización privada y totalmente independiente del Estado. Tan independiente como son los autores, que son sus socios y sus propietarios. 

La Ley española no exige que haya una sola entidad de gestión colectiva, ni tan siquiera que haya una sola entidad por cada rama autoral. 

Si nos preguntamos si es mejor una sola entidad de gestión colectiva o varias que gestionen en España el derecho de autor de los creadores visuales, En nuestra opinión, no cabe ninguna duda: Para poder implantar en nuestro país de manera efectiva los derechos de autor de los creadores visuales, es necesaria la unidad de todos ellos. Los convenios generales y los contratos, se defienden mejor cuando es posible ofertar el mejor repertorio de autores y obras, no solamente el de mayor uso, sino, también, el más numeroso posible. 

Los socios ¿tienen que pagar una cuota mensual?

Los socios de VEGAP no tienen que pagar ninguna cuota mensual. 

La organización mantiene su estructura operativa basándose únicamente en el descuento que practica a sus socios y que ellos mismos aprueban anualmente en la Asamblea General. Este porcentaje se detrae de la cantidad total recaudada a lo largo de un ejercicio, antes de iniciar el reparto entre los socios.

Puede hacerse socio de VEGAP cualquier creador visual, español o residente en España o en cualquier Estado de la Unión Europea o ser nacional de un país latinoamericano, así como sus herederos. Para ello, sólo hay que solicitarlo en cualquiera de las oficinas de VEGAP y suscribir el contrato de adhesión a la entidad.

En virtud del contrato de adhesión, el titular de derechos confiere a la sociedad la gestión de sus derechos. Tras la formalización del contrato, el socio ha de satisfacer una única cuota de 60 euros. Desde este momento, el autor entra a formar parte de la organización no teniendo que liquidar, de forma directa, ninguna otra cantidad a la entidad. 

A través de VEGAP, los artistas visuales autogestionan la explotación de sus obras para usos derivados en forma colectiva. 

La gestión en forma colectiva de los derechos de autor, no sólo es beneficiosa para el autor, sino para toda la sociedad.

Por un lado, aquellos que utilizan las obras de los artistas optimizan su gestión contando con unas tarifas oficiales y conociendo el estado de los derechos de autor de un gran colectivo. Al mismo tiempo, cuentan con la seguridad jurídica de que la explotación se está realizando con el consentimiento de los titulares de los derechos, lo que evita a priori posibles lesiones al derecho moral. Además, los diferentes sectores de usuarios que habitualmente reproducen obras, suscriben convenios de colaboración con VEGAP, lo que facilita el desarrollo de sus proyectos.

Por otro lado, los autores se alejan de su posición de debilidad frente a un usuario en una negociación ya que es la entidad, quien negocia en nombre del autor en igualdad de condiciones. En consecuencia, la debilidad del autor frente a las empresas e instituciones que utilizan sus obras desaparece cuando VEGAP, como organización creada por todos los artistas, exige el cumplimiento de la Ley.

Además, los socios gozan de una protección de carácter internacional mediante los convenios que VEGAP tiene suscritos con 36 sociedades de autor de la creación visual de todo el mundo. De esta forma, la organización no sólo representa y defiende a sus miembros en España, sino también en otros países fuera de nuestras fronteras. Actualmente VEGAP gestiona en España los derechos de más de 43.000 creadores visuales de todo el mundo, cifra que crece diariamente por la constante adhesión de nuevos socios. 

La gestión colectiva permite también promover servicios de carácter asistencial y desarrollar actividades de promoción de las obras de creación visual. VEGAP desarrolla esta labor a través de la Fundación Arte y Derecho (www.arteyderecho.org), desde el año 1997, que este año destina 130.000 euros en ayudas directas a los creadores visuales (X convocatoria de ayuda a la creación visual).

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