La contratación de los autoresCuando los creadores visuales, realizan obras por encargo, regulan sus obligaciones y derechos con quienes les contratan mediante contratos de encargo, en los que, por una parte, se recogen las obligaciones, para el autor y para el que lo contrata, derivadas del encargo que se realiza, y por otra parte, se regulan las cesiones de derechos de autor, que habrán de ser aquellas que se deriven del encargo realizado. Los casos de obra por encargo son diversos en las diferentes ramas de la creación visual. En el campo de las Bellas Artes es habitual la contratación de obra por encargo, en el campo de la escultura o del muralismo, especialmente por parte de Administraciones públicas y para su localización en espacios públicos. También comienza a ser frecuente la contratación de obras de otras categorías artísticas tales como el “net art” o las instalaciones, encargada por Museos y otros espacios de difusión artística. En el campo de la ilustración, de la fotografía y del diseño, la realización de obra por encargo tiene un valor predominante, y constituye el motor de la creación de estos autores en la mayoría de los casos. Actualmente, el entorno digital está generando modificaciones, tanto en los consumos culturales, como en las formas de divulgación de las obras. Tanto la Ley de Propiedad Intelectual española como las legislaciones en esta materia de los países miembros de la Unión Europea, establecen un conjunto de exigencias para evitar los abusos en la contratación de los autores, impidiendo que éstos se vean obligados a transmitir sus derechos de forma injustificada, más allá que de lo que de manera natural exige la justificación del encargo realizado. Sin embargo, lamentablemente, estamos asistiendo a un momento en el que la crisis económica, por una parte, y la excesiva velocidad de los procesos digitales, junto con la voracidad de las empresas que operan en este mercado, está creando una situación de permanente presión para forzar abusivamente a los autores a que cedan sus derechos de forma injustificada y de manera ilimitada. Esta situación tan preocupante ha sido objeto de valoración por la EVA (European Visual Artists), que ha iniciado gestiones en la Unión Europea con el fin de buscar una solución que permita a los autores disponer de una carta europea de derechos de autor para la contratación en el entorno digital. VEGAP, desde la Presidencia de EVA, está impulsando este proceso, que consideramos fundamental para los artistas y sus Asociaciones profesionales, y del cual informaremos de sus progresos en próximos números del VEGAP Habla. "la voracidad de las empresas que operan en este mercado, está creando una situación de permanente presión para forzar abusivamente a los autores a que cedan sus derechos de forma injustificada y de manera ilimitada." |